

| Servicio Moto | Servicio Furgoneta | | | | | Direcciones zona urbana | 3,42 €(max. 1kg) | 9,10 €(max.30kg) | | Extrarradio | 3,42 €(max. 1kg) | 3,42 €(max.30kg) | | Kilómetros | 0,44 €/km | 0,54 €/km | | Tiempo espera | 1,71 €, 10 min. | 2,14 €, 10 min | | Exceso peso | 1,87 €/kg. | 0,22 €/kg. adic | | Exceso medida | 1,87 €>30X35X15cm. | 0,22 €/kg.>0,1m3 | | Servicio con lluvia | Incremento 25% | | | Ayudante | | 14,12 €/hora | | Servicios fuera de hora | Incremento 15% | Incremento 15% |
Zona urbana, es el núcleo urbano integrado por los siguientes distritos postales : 01, 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08, 09, 10, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 19, 20, 28, 29, 36, 39 y 45.
Los distritos postales 27, 33 y 43, están limitados por la calle Arturo Soria.
El distrito postal 40 esta limitado por la Ciudad Universitaria.
El extrarradio comprende los distritos municipales no incluidos anteriormente de documentos/paquetes.
El tiempo de espera, se facturara por cada 10 min. o fracción que exceda los 10 min. primeros.
La relación peso/volumen es, 1m3 = 300 kg.
En ningún caso se aceptará el traslado de talones bancarios al portador, dinero en efectivo, joyas y metales preciosos sin una autorización expresa del dpto. de trafico.

| | | . Ciudades 10 (entrega antes de 10 h.) 12,80 €. Hasta 4 kg.
· Ciudades 14 (entrega antes de 14 h.) 10,20 €. Hasta 4 kg.
· Pueblos (Península) (1) 10,20 €. Hasta 4 kg.
- Kilómetro Pueblos 0,75 €./km.
· Exceso de peso/kg. adicional, península 0,80 €./kg.
· Valijas Ciudad-Ciudad diarias (lunes a viernes) 390,00 €/mes
· Palma Mallorca 10 24.45 €. Hasta 1 kg.
· Palma de Mallorca, Menorca, Ibiza 14 17,20 €. Hasta 1 kg.
· Islas Menores 32,20 €. Hasta 1 kg.
- Exceso de peso / Kg. Adicional, islas Baleares 7.30 €/kg.(Max.5 kg.)
· G. Canarias, Tenerife, Lanzarote 14 (2) 18,20 €. Hasta 1 kg.
· Islas Menores 32,20 €. Hasta 1 kg.
- Exceso de peso / Kg. Adicional, islas Baleares 7.30 €/kg.(Max.5 kg.)
· Ceuta y Melilla (2) 19,50 €. Hasta 1 kg.
- Exceso de peso / Kg. adicional 7,30 €/kg.
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Pueblos: En la península se realizaran las entregas antes de las 14 h., en el caso de entrega antes de las 10 h. se facturaran además la distancia en km.
DUA: Los derechos aduaneros de los Cabildos Insulares canarios o de Ceuta y Melilla se sumaran en su caso al correspondiente valor del transporte, siendo necesario la factura proforma siempre que sean no-documentos.
CONDICIONES GENERALES DE ENVÍOS Y RECOGIDAS NACIONALES
HORARIOS
Recogidas: Las recogidas se efectúan de lunes a viernes hasta las 18 horas para envíos nacionales, dando el aviso telefónico con 1 hora de antelación.
Entregas: Las entregas se realizaran de lunes a viernes en los horarios correspondientes al producto contratado. Las entregas en sábado hay que solicitarlas expresamente en el albarán siendo el incremento del coste según tarifa de 8 €
SEGUROS
Seguro Obligatorio: Como complemento al limite de responsabilidad a que se refiere el articulo 23.1 de la LOTT respecto al transporte terrestre (3 € de indemnización por kg. de mercancía siniestrada) se establece un seguro obligatorio del 8% del valor del porte, que da derecho a una indemnización de 20 € por kg.
Seguro Voluntario:Es un seguro opcional, con una prima del 1,7 % del valor declarado.
Para obtener este seguro, el solicitante deberá realizar una declaración expresa del valor de la mercancía objeto del seguro, que deberá reflejarse en el albarán así como comunicarlo con al menos tres horas de antelación enviando por fax dicho albarán a nuestro dpto. de atención al cliente.
PESOS Y MEDIDAS
Por razones practicas de manipulación en los envíos, el peso máx. de los paquetes esta limitado a 40 kg.
En ningún caso la suma de las tres medidas del paquete (alto + ancho + largo) deben de superar 240 cm. y la mas larga nunca mayor de 150 cm.
Si el peso volumétrico es mayor que el peso real del paquete, el volumétrico será el considerado a efectos de tarifa, aplicándose las siguientes equivalencias:
Península: 1 m3. = 325 kg. según tarifa
Islas, Ceuta y Melilla: 1 m3. = 180 kg. según tarifa
MERCANCIA RESTRINGIDA El transporte urgente esta sometido a una reglamentación especial que restringe el tipo de mercancía y que a continuación exponemos:
- Dinero, joyería y metales preciosos.
- Alimentos perecederos.
- Animales vivos.
- Alcoholes y líquidos inflamables.
- Gases, óxidos y corrosivos.
- Explosivos.
- Productos infecciosos o tóxicos.
- Drogas no autorizadas.
- Líquidos sin embalajes no autorizados.
ATENCION AL CLIENTE
En nuestras delegaciones tendrá a su disposición personal especializado con el que podrá contactar cuando lo necesite o bien contactar mediante correo electrónico: cac@grupocac.com
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